Alguno de los objetivos que pretendemos proponer y que están recogidos en nuestros estatutos:

1.- Cargos políticos.

Todos los representantes políticos serán elegidos por sorteo entre todos los ciudadanos que deseen participar y tengan los derechos políticos reconocidos. Las asambleas de representantes resultantes podrán elegir a los cargos políticos (ministros, alcaldes, etc.) bien convocando un sorteo aleatorio entre los candidatos que reunan las condiciones que se marque o bien contratando directamente al candidato que en una votación en dicha asamblea a doble vuelta obtenga la mayoría absoluta. Cada cargo tendrá unos requisitos específicos. Todos los cargos tendrán  4 años de vigencia y no podrán ser reelegidos, la asamblea de representantes correspondiente tendrá la capacidad de destituirlos por mayoría absoluta en una votación revocatoria. Como ejemplo, para el Congreso de diputados y el Senado se eligirán por sorteo el mismo número de escaños por provincia entre todos los censados en la provincia de la que se trate que se hayan inscrito en el sorteo, en estos dos casos los únicos requisitos serán ser mayor de edad, estar en buen estado de salud física y mental y tener el nivel de estudios correspondiente al periodo de escolarización obligatoria.

También todos los cargos del poder judicial serán elegidos por un sistema estocástico entre todos los jueces, abogados y miembros del sistema judicial. Pertenecer al sistema judicial será el requisito mínimo obligatorio para poder acceder a cualquier sorteo. En particular, sin embargo, para acceder al Tribunal Supremo, al Tribunal Constitucional o al Consejo General del Poder Judicial será necesario haber ejercido un periodo suficientemente extenso como juez sin tacha.

2.- Asamblea General de Ciudadanos.

Instaurar la nueva institución Asamblea General de Ciudadanos compuesta por todos los ciudadanos mayores de edad que tengan derecho al voto. Esta institución será la encargada de sancionar las leyes, decretos, edictos, etc. que elaboren el Congreso, el Senado, los ayuntamientos, las diputaciones y en general todas las cámaras legislativas de cualquier nivel territorial. Es decir, una vez que los cargos políticos asesorados por los técnicos permanentes hayan elaborado una propuesta de norma y ésta haya sido, previa deliberación, aceptada por la cámara correspondiente, serán todos los ciudadanos afectados por esa norma los que le darán el visto bueno para su publicación en el boletín legislativo correspondiente. Dado que a nivel de Congreso y Senado esa función la ejerce el Rey, éste perderá esta prerrogativa.

3.- Libertad de voto. Obsolescencia de los partidos políticos.

Todos los miembros de las cámaras legislativas de cualquier ámbito territorial tendrá libertad de voto absoluta en el desempeño de su cargo. Como consecuencia, los partidos políticos tal como los conocemos actualmente serán organizaciones obsoletas. Los 350 diputados del Congreso o los 266 senadores y en general todos los miembros de la cámaras autonómicas y de los ayuntamientos defenderán en dichas cámaras lo que su conciencia les dicte con total independencia. Al mismo tiempo todos ellos y los cargos ejecutivos sufrirán el escrutinio permanente del poder judicial respondiendo personalmente de las infracciones o abusos que cometan. En particular todos los cargos políticos tendrán que sufrir al comenzar y al terminar su legislatura una auditoria fiscal que evite el enriquecimiento ilícito.